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Quien Realiza Una Demanda Debe Presentar Una Prueba De Lo Que Dice...

 
Ibn 'Abbás narró que el Mensajero de Allah dijo: "Si a las personas se les concedieran todas sus demandas, algunos exigirían las riquezas y las vidas de otros. Por ello, quien realiza una demanda debe presentar una prueba de lo que dice, y al acusado que dice ser inocente le corresponde jurar por Allah".[1]
 
Este hadiz evidencia que en caso de disputa entre dos personas, aquel que reclame un derecho de otro debe presentar algún testigo o prueba que respalde su acusación y le permita obtener ese derecho. Si el demandante no puede apoyar su demanda con alguna evidencia, entonces el de­mandado debe jurar por Allah que es inocente de la acusación hecha en su contra.

Existen muchos ahadiz referidos a este tema; entre ellos se encuentra el narrado por Al Ash'az Ibn Qais : Tuve una disputa con un hombre por un pozo de agua, entonces recurrimos al Mensajero de Allah , quien dijo: "Tú que reclamas debes presentar dos testigos. Si no los tienes, entonces el acusado tendrá que jurar por Allah que es inocente." Dije: ¡Mensajero de Allah! Él jurará, pues no le importa. Y el Profeta agregó: "Quien haga un juramente falso con el fin de apropiarse de lo que no le pertenece, la ira de Allah recaerá sobre él el Día del Juicio".[2]

Los testigos que el demandante está obligado a presentar deben ser dos hombres, o en su defecto un hombre y dos mujeres. Cuando se trata de una acusación hecha por uno de los cónyuges en detrimento del otro, el solo testimonio de uno de los esposos es suficiente.

Si la persona acusada niega el cargo hecho con­tra ella (cuando no existen testigos), entonces debe jurar por Allah que es inocente. Ésta es la opinión de la mayoría de los juristas islámicos.

El Sagrado Corán prescribe que si se duda de los testigos del legado de una persona que estando de viaje le sobrevino la muerte y tuvo que testar, éstos deben jurar por Allah. Allah dice: (¡Oh, creyentes! Cuando la agonía de la muerte os llegue y os dispongáis a testar, recurrid al testimonio de dos personas justas de los vuestros, o bien a dos extraños si estáis de viaje y os sobreviene la [agonía de la] muerte. Si dudáis de ellos, retenedlos hasta después de la oración para que juren por Allah: No venderemos nuestro testimonio a ningún precio, aunque se tratare a favor de un pariente, ni ocultaremos el testimonio de Allah; porque de hacerlo nos contaríamos entre los pecadores. Si se descubre que cometieron un pecado [al no cumplir su juramento], otros dos les sustituirán; serán [elegidos] de entre los parientes con más derecho [a su herencia] y jurarán por Allah: Nuestro testimonio es más digno de ser creído que el de ellos y no somos transgresores; porque de serlo nos contaríamos entre los inicuos. Esto es lo más adecuado para lograr que presten testimonio como es debido, o que teman que se presten otros juramentos después de los suyos. Y temed a Allah y escuchad. Allah no guía a los desviados.) (5:106-108)


[1] Al Baihaqi 10/252. Hadiz aceptable (Hasan)
[2] Al Bujári (2357), Muslim (138).
Ibn Rayab Al Hanbali
Traducción: Sirhan Ali Sanchez
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